Francia
* El régimen político francés se basa en una combinación de los sistemas parlamentario y presidencial; es decir, el gobierno es responsable frente al Parlamento y, al mismo tiempo, cuenta con la figura presidencial, cuya legitimidad deriva del sufragio universal directo.
Poder Ejecutivo
* El carácter mixto del sistema político francés dispone que el Poder Ejecutivo recaiga en dos cabezas: el Presidente de la República o Jefe de Estado, elegido directamente por la ciudadanía por un período de cinco años por sufragio universal directo, y el Primer Ministro o Jefe de Gobierno, nombrado por el Presidente.
* El Presidente de la República conduce la política exterior y representa al país ante la comunidad internacional. Además, tiene capacidad de vetar las leyes aprobadas en el Parlamento. Tiene el carácter de árbitro final en materia de interpretación constitucional.
* Posee la facultad de convocar a referéndum para la ratificación de alguna ley, algún tratado internacional o cualquier otro asunto cuya importancia lo amerite.
* Como se menciona arriba, el Presidente de la República nombra al Primer Ministro y, a propuesta de éste, a los miembros del gobierno. Preside el Consejo de Ministros, promulga las leyes y es el Jefe de las Fuerzas Armadas. Puede disolver la Asamblea Nacional y, en caso de grave crisis, ejercer poderes excepcionales.
* El Primer Ministro determina la acción del gobierno, dirige la política de la Nación y garantiza la ejecución de las leyes. El Primer Ministro es responsable ante el Parlamento.
Poder Legislativo
* El Parlamento está compuesto por dos Cámaras: el Senado y la Asamblea Nacional.
* El Senado está compuesto por 321 senadores elegidos para un período de 9 años por sufragio universal indirecto y renovable por tercios cada tres años.
* La Asamblea Nacional está compuesta por 577 diputados que son elegidos por sufragio universal directo para un período de cinco años.
* Además de su función de control del gobierno, las dos Cámaras elaboran y aprueban las leyes. A este respecto y en caso de desacuerdo, es la Asamblea Nacional quien resuelve definitivamente.
* El Senado tiene una importancia decisiva en el proceso de aprobación de las leyes orgánicas y las enmiendas constitucionales, no así en la aprobación de las leyes ordinarias, donde prevalece la votación de la Asamblea Nacional.
* En caso de disolución anticipada de la Asamblea Nacional por el Presidente -lo que puede ocurrir en cualquier momento a partir del primer año-, las nuevas elecciones deben tener lugar al menos veinte días, o como máximo cuarenta días, después de la fecha de disolución.
Poder Ejecutivo
* El carácter mixto del sistema político francés dispone que el Poder Ejecutivo recaiga en dos cabezas: el Presidente de la República o Jefe de Estado, elegido directamente por la ciudadanía por un período de cinco años por sufragio universal directo, y el Primer Ministro o Jefe de Gobierno, nombrado por el Presidente.
* El Presidente de la República conduce la política exterior y representa al país ante la comunidad internacional. Además, tiene capacidad de vetar las leyes aprobadas en el Parlamento. Tiene el carácter de árbitro final en materia de interpretación constitucional.
* Posee la facultad de convocar a referéndum para la ratificación de alguna ley, algún tratado internacional o cualquier otro asunto cuya importancia lo amerite.
* Como se menciona arriba, el Presidente de la República nombra al Primer Ministro y, a propuesta de éste, a los miembros del gobierno. Preside el Consejo de Ministros, promulga las leyes y es el Jefe de las Fuerzas Armadas. Puede disolver la Asamblea Nacional y, en caso de grave crisis, ejercer poderes excepcionales.
* El Primer Ministro determina la acción del gobierno, dirige la política de la Nación y garantiza la ejecución de las leyes. El Primer Ministro es responsable ante el Parlamento.
Poder Legislativo
* El Parlamento está compuesto por dos Cámaras: el Senado y la Asamblea Nacional.
* El Senado está compuesto por 321 senadores elegidos para un período de 9 años por sufragio universal indirecto y renovable por tercios cada tres años.
* La Asamblea Nacional está compuesta por 577 diputados que son elegidos por sufragio universal directo para un período de cinco años.
* Además de su función de control del gobierno, las dos Cámaras elaboran y aprueban las leyes. A este respecto y en caso de desacuerdo, es la Asamblea Nacional quien resuelve definitivamente.
* El Senado tiene una importancia decisiva en el proceso de aprobación de las leyes orgánicas y las enmiendas constitucionales, no así en la aprobación de las leyes ordinarias, donde prevalece la votación de la Asamblea Nacional.
* En caso de disolución anticipada de la Asamblea Nacional por el Presidente -lo que puede ocurrir en cualquier momento a partir del primer año-, las nuevas elecciones deben tener lugar al menos veinte días, o como máximo cuarenta días, después de la fecha de disolución.
Poder Judicial
* El Consejo Constitucional está compuesto por nueve miembros. Vela esencialmente por la regularidad de las elecciones y la constitucionalidad de las leyes orgánicas así como de las leyes que le son sometidas.
* El Consejo Constitucional está compuesto por nueve miembros. Vela esencialmente por la regularidad de las elecciones y la constitucionalidad de las leyes orgánicas así como de las leyes que le son sometidas.
Así es Francia:http://www.france.diplomatie.fr/venir/voicilafrance/es/
Asuntos políticos de Francia: http://www.francia.org.mx/embajada/cancilleria/index.html
Embajada de la República Francesa en México: http://www.francia.org.mx/
Embajada de México en Francia: http://www.sre.gob.mx/francia/espano.htm


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